Las SOCIMI (Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario) son un nuevo vehículo de inversión ante la situación de incertidumbre y crisis general en la que nos encontramos. El Gobierno pretende con ellas estimular el mercado de arrendamientos urbanos.
Características de las SOCIMI
- Las SOCIMI tributan a un tipo del 18 por ciento en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que se cumplan determinados requisitos, como por ejemplo que el 85 por ciento de sus activos esté constituido por inmuebles urbanos destinados al arrendamiento y adquiridos en plena propiedad o por participaciones en sociedades que cumplan los mismos requisitos de inversión.
- Los dividendos percibidos por los socios de la SOCIMI estarán exentos, salvo que el perceptor sea una persona jurídica sometida al Impuesto sobre Sociedades o un establecimiento permanente de una entidad extranjera, en cuyo caso se establece una deducción en la cuota íntegra, de manera que estas rentas tributen al tipo de gravamen del socio.
- Exigencia mínima, generosa y rápida de la retribución a los socios.
- Bonificación del 95% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en adquisiciones de inmuebles cuyo destino sea el previsto en la ley.
Otros beneficios de las SOCIMI
El inversor en SOCIMIs, además, se beneficia en poder tomar parte en grandes inversiones inmobiliarias, acceder a portfolios de inmuebles diversificados y a distribuir los costes de las operaciones inmobiliarias entre los otros accionistas.
Ley SOCIMI
En la primera redacción del proyecto, las SOCIMI estaban exentas de tributación siempre que el 90% de sus ingresos proviniera del alquiler y que el 90% del beneficio se distribuyera en dividendo; los inversores sí tributaban por ese dividendo al tipo normal, del 18%.
Con la nueva redacción, será la sociedad la que pague ese 18% como impuesto de sociedades y los inversores estarán exentos (además, baja el porcentaje de alquiler al 85%).











